Los requisitos gubernamentales de reconocimiento legal de grupos religiosos en Nicaragua son similares a los requisitos de otras organizaciones no gubernamentales. Un grupo debe solicitar personalidad jurídica (legitimación), que la Asamblea Nacional debe aprobar. Tras la aprobación, el grupo debe inscribirse en el Ministerio de Gobernación como asociación o fundación.
La Iglesia solicitó con éxito el reconocimiento como organización religiosa. Conforme al decreto 4734 del Presidente de la República de Nicaragua, publicado en el Diario Oficial el 7 de septiembre de 2006, la Iglesia de Scientology de Nicaragua se inscribió como asociación religiosa.
“El Presidente de la República de Nicaragua y la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua decretan lo siguiente: otorga la capacidad legal a la Asociación de la Iglesia de Scientology de Nicaragua, una organización no lucrativa, de duración infinita y domiciliada en la Ciudad de Managua, Región de Managua”.